LUISA DE PADILLA, VIOLENTA SEÑORA DE CALATAÑAZOR (2)


 







Apunte nº 67

LUISA DE PADILLA, SEÑORA DE CALATAÑAZOR, SEÑORA VIOLENTA.

                                               [PARTE 2]

En la parte primera expusimos la tradición medieval del señorío, una breve biografía de Doña Luisa de Padilla Enríquez, y las acusaciones de los concejos de la Villa y Tierra de Calatañazor. En esta segunda parte se expone el fallo del juicio con las alegaciones de vista y revista, así como las consecuencias posteriores.

La condena

Luisa de Padilla fue condenada en la vista a no hacer agravios e imposiciones a los vecinos, a no tomar caballerías, ni posada, ni que las viudas pagaran alcabalas de la dote de sus casamientos, a  dejar libremente moler y batanar, a que no cortasen leña para sus molinos y para su casa, que si traían piedras las debía pagar a no ser que fuera por propia voluntad, ni dar ropas, ni posada, ni comida a sus pajes y visitadores, que no acotasen los ríos, ni sobre ellos hicieran extorsiones, a que no se entremetiera en las causas de primera instancia de los alcaldes ordinarios, que el alcalde mayor diera fianza y no arrendara el oficio de alguacil, ni escribano, y que nombrara personas “abiles y suficientes e de conciencia” que usara sus oficios y que no llevase más derechos de los que le pertenecían “conforme a los aranceles de nuestro Reino” que dejara librea la Mata y el monte de Valdealvillo.

A Don Juan Manrique de Padilla, su hijo mayor, y el alcalde mayor Alonso de Marquina,” se le dio carta de provisión por su Majestad el Emperador e Rey mi Señor y de la Católica Reyna Doña Juana, que son en Gloria”

Alegaciones de Doña Luisa:

Alegó que las declaraciones no eran verdaderas, que su parte no había hecho fuera de derecho, no había hecho fuerza alguna, ni les había puesto nuevas imposiciones, que todo le pertenecía por “justos y derechos títulos y que estos los habían tenidos sus antecesores, que había sido costumbre inmemorial y tenían fuerza de títulos concedidos con causas” Decía que la costumbre inmemorial tenía fuerza de título y privilegio. Todo decía que era derecho inmemorial, que de las monturas y caballerías pagaba el alquiles justo y acostumbrado, que el alcalde mayor siempre había ejercido la justicia civil y criminal de primera instancia. El monte de Valdealvillo lo tenía por suyo inmemorial y si no tenía derecho aquello ya había prescrito y su hubiera habido necesidad de prescripción ya había prescrito.

Calatañazor: qué ver en la villa más medieval y auténtica de Soria

                        Paños al norte de la muralla de Calatañazor

La sentencia definitiva:

La Chancillería concluyó que los concejos de Villa y tierra probaron su acusación, se dio por buena las igualas de las alcabalas y obligaba a pagar a los arrendadores, obligándoles a guardar “Las Leyes del Cuaderno”, se le consintió que los molineros cogiesen leña y cortasen siempre que guardasen las leyes pragmáticas del Reino de conservación de los montes, se le permitió que si iban una vez al año a visitar la Villa y su Tierra, se les dé posada por ocho días y no más, sin ropa alguna, se le permitió que el alcalde mayor si conocía el primero la causa la acabase, la escribanía la podía arrendar, el monte de La Mata y otro trozo de tierra que llaman el Rebollar, los dejan de su propiedad pero deben permitir el uso, el pastoreo, ramoneo, etc., se permitió que el alcalde mayor cortara leña como los demás vecinos. Se declaró el monte de Valdealvillo público y concejil, pero se les permitió que fuera coto de caza para ellos, y cortar leña en él, permitiendo al alcalde mayor cortar leñas y cobrar montazgos y penas, y debía devolver 200 ducados que se cogió de un depósito del concejo y que el escribano se nombrase conforme a las leyes pragmáticas de estos Reinos. (1)  De los 20000 mvs de cerdos cabras, etc, le absuelven.

La sentencia se dio el 12 de marzo de 1557, se comunicó a las partes y se suplicó por las partes lo que les era perjudicial. El 21 de julio de 1559 se publicó. En el perjuicio se contempló la reclamación de los concejos y se declaró La Mata, publico y concejil y de Valdealvillo igual.  La ejecutoria se publicó el 21 de diciembre de 1559.

Consecuencias para Blacos

Una vez vendidos los molinos de Blacos por parte de Alonso de Múgica y Ángela Padilla, yerno e hija, a Roque de Cogollos, este pleitea cuarenta años más tarde con el concejo de Calatañazor, por el derecho de corta de leña y para aderezar los molinos y batán. (2) Entre estas necesidades estaban la de cortar estacas para mantener los terraplenes de los cauces. Cierto era que estas industrias posiblemente se pudieran hacer bajo esta condición para que se pudieran hacer en beneficio de todos.

Ocurrió doscientos años después que el Concejo de Blacos pleiteó con Doña Francisca Alvaro de Castro Cogollos, por una gran tala de árboles en terreno concejil. Se le permitió cortar leña seca, pero si talaban pies lo debían hacer con permiso y pagando, siempre bajo el pretexto de no destruirlo.

Los vecinos pudieron pescar y cazar conforme a Leyes del Reino y normas concejiles.

Un dibujo de una persona

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Caballeros Castellanos. Carrión de los Condes (Palencia)

Corolario

Los abusos realizados por la fuerza constituyen violencia. Fue fácil apropiarse de lo que no era suyo durante el siglo XVI debido a que la población de Blacos y otras aldeas era escasa: según el Censo de Pecheros de 1528 había 54 personas pecheras y en Calatañazor con sus anejos de La Aldehuela y Fuentemayuel tenían 642, y posteriormente, en la época de Felipe II había en Blacos unos 26 vecinos, equivalente a 80 almas. (3)

El asunto cambió en el último tercio del siglo XVIII, cuando La Villa estaba en decadencia y ambas poblaciones tenían aproximadamente los mismos habitantes: según el censo del Conde de Floridablanca de 1787, Blacos tenía 259 habitantes y Calatañazor 255. Es el momento en el que el concejo se niega a pagar la media fanega y pleitea por la posesión del monte Carrascal consiguiendo que fuera de ambos pueblos. Pleito que duró trece años. (4)

La inercia los llevaba a obrar a las autoridades como siempre habían hecho. En 1767 Manuel García, vecino de la Mercadera, y Juan de Burgos, de La Revilla, acusaban al alcalde mayor y ordinarios de la siguiente manera

“todos son jueces sin graduación de letrados, y tienen la alternativa de salir y visitar los expresados lugares, llevando consigo escribano y alguacil, (…) cobrando el juez por su diaria dieta de 1200 mvs, como si fuese letrado y los demás (…)”

Pedían estas personas que se les restituyera por el abuso del cobro de las visitas. Así mismo solicitaban otro escribano que no fuera el de Calatañazor, porque lo consideraban parte, además de que sobrepasaban el nombramiento de tres años, que era lo legal. Manuel y Juan no firmaron la denuncia porque no sabían pero sufrían el abuso

La despoblación actual permite que el estado actúe arbitrariamente y sin oposición, no permitiendo dar soluciones a los problemas del abandono de las tierras y la copropiedad de los montes de socios. Para la población de las ciudades el campo es propiedad de todos.

Arco de entrada a la iglesia. Foto Ángel Lorenzo Iglesia parroquial de San Juan Bautista de Escobosa de Calatañazor, despobladofinales siglo XX.

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NOTAS ACLARATORIAS

1) El concejo de La Villa lo formaban dos alcaldes, dos regidores, un procurador, y siete diputados. Debía juntarse a final del año y nombrar cuatro personas para alcaldes y cuatro para regidores, y doña Luisa nombraba dos alcaldes y dos regidores y los demás los nombraban los oficiales pasados. No se permitía personas dobladas.

2) Los vendieron para aportar la dote de una monja al monasterio de la Concepción de Burgos, en la villa de Santa Gadea (que luego se trasladó a Burgos)

3) Podemos saber los habitantes de Blacos por las aportaciones de medias de trigo que se hacía a la cofradía de San Juan de Calatañazor de los años que ese guardó contabilidad. Así tenemos entre los años comprendidos entre 1583 y 1634, aproximadamente unos 28 de media; de 1598 a 1761: entre 40 y 57.

4) Pleito por el aprovechamiento del monte Carrascal y el pago de una media de trigo al concejo de Calatañazor del año 1771. Durante los siglos XVI al XIX, el concejo de Calatañazor usurpó este monte, cobrando tasas y penas a los de Blacos, a otros pueblos y particulares con el pretexto de no destruir el monte, para limitar los términos para el cobro de alcabalas, el pago de diezmos a las respectivas parroquias, evitar pleitos y conflictos, etc. Los de la villa impusieron los mojones donde quisieron, de forma arbitraria.  Finalmente se dejó de pagar la media fanega y la posesión fue común.


                                                    Mi soporte. Al fondo Calatañazor   

 

Alhama de Aragón, palacio. Agosto 2025

Serafín Pérez García 
Blacos 12 de febrero de 2026


LUISA DE PADILLA, VIOLENTA SEÑORA DE CALATAÑAZOR (I)

 








Apunte nº 66

LUISA DE PADILLA, SEÑORA DE CALATAÑAZOR, SEÑORA VIOLENTA.

         [PARTE 1]

Los Padilla obtuvieron el señorío jurisdiccional de Calatañazor allá por el siglo XIV. Pero anteriormente hubo otros poseedores que renunciaron a él por diferentes motivos.

Calatañazor fue el centro administrativo de la repoblación por el sistema llamado de “Villa y Tierra”. Se crearon unas veinte aldeas y un espacio físico de aprovechamiento común del territorio al que se llamó la Universidad de Tierra.

Los señores de la Villa nombraban en la fortaleza a un alcalde Mayor, al que llamaban “corregidor”, que solía ser una persona foránea y se arrogaba la capacidad de elegir a los alcaldes ordinarios y regidores entre varias personas que le proponía el concejo. Había también administradores de las rentas del señorío. La fortaleza, castillo y murallas, se hizo como baluarte ante los conflictos creados por otros señores por las pretensiones de los pastos y por otros intereses de poder.

Vista de Calatañazor desde el ábrego

La tradición de los señores

Para entender como actuaban estas familias aristócratas en el siglo XVI, es preciso saber que eran herederas de tradiciones medievales ventajistas, adquiridas a lo largo de los siglos: derechos conseguidos sometiendo por la fuerza, violentamente, a los pobladores del señorío.

Fundamentaban sus derechos y las obligaciones de los demás en la tradición, la costumbre y la posesión inmemorial, que consideraban título suficiente, aunque fueran de origen ilegal.

Derechos medievales de estos señores eran entre otros, la obligatoriedad de los vecinos en colaborar en el mantenimiento del castillo, el denominado derecho de castillería, aportando piedra, madera, arena, cal, paja etc.  Mantenían la martiniega, que era un impuesto de vasallaje, que pagaban las aldeas por encabezamiento, y del que nadie sabía porque se mantenía en los pueblos hasta la disolución del señorío (1). Tenían obligación de pagar las alcabalas, que era un impuesto de la compraventa de productos de consumo y de bienes raíces. También se llevaban un tercio de los diezmos eclesiásticos, las penas o multas puestas por la justicia. Existía el derecho de albergue, que consistía en dar posada y comida a los visitantes de los señores; y el derecho de caballería, que era en principio para ayudar en la guerra y después se usó caprichosamente para el beneficio particular de los señores.

Luisa de Padilla Enríquez (1504-1576)

Se desconoce dónde nació ni donde murió. Era hija de Antonio de Padilla, señor de Calatañazor y de Coruña del Conde, Santa Gadea, Villaveta, y de Inés Enríquez de Acuña.  Se casó con Antonio Manrique de Lara (+1556), señor de Valdezcaray y de otros lugares, que fue, además, adelantado de Castilla como consecuencia de casarse con Luisa de Padilla ya que esta familia ostentaba este título, oficio y beneficio (4). Este personaje como sus parientes de Nájera, eran todo menos buena gente: tiránicos, vengativos, inhumanos, crueles y usurpadores. Al apoyar al rey Carlos I en su lucha contra los Comuneros la represión ejercida contra estos no aconsejaba dejarse caer por estas tierras.

 












 

Este matrimonio pudo vivir temporalmente en Calatañazor y posiblemente naciera aquí algún hijo suyo. De hecho, algunos Padilla nacieron y vivieron en la fortaleza. No tengo datos de esta habitabilidad, pero si se sabe, por los pleitos, que hacían visitas para garantizar los derechos que tenía adquiridos.

Tuvo varios hijos. Al morir su marido tuvo que ser curadora de su hijo primogénito Juan (+1563). La curaduría consistía en velar por la herencia y derechos del huérfano. 

Los Padilla siempre fueron guerreros. Muestra de ello, y es anécdota, de tradición oral que su antepasado Juan de Padilla (+1376) se batió con el obispo de Osma Juan Pérez Ascarón (1297-1329), por la pretensión sobre las tierras del señorío de Ucero. Esto ocurrió en un descampado entre ambos señoríos, que bien pudo pasar en nuestro pueblo, por ser frontera del señorío de Ucero. Venció el obispo.

Desconocemos las bondades de ella, pero por sus obras la suponemos impía, y con la suficiente maldad para justificar sus atropellos y los de sus antepasados.  Algunas de sus acciones fueron apropiarse de terrenos de los concejos, que eran de común aprovechamiento, ya que ella no los poseía por ser de señorío jurisdiccional. Estaban constantemente pleiteando y litigando sabiendo que los fiscales de la Chancillería eran muchas veces sus mejores defensores. (2)

Pretendía ser bondadosa porque (ocurría que) cuando había sequías y había que pedir préstamos para el socorro de los vecinos dejaba como garantía hipotecaria el monte de La Matilla, monte que era usurpado y por lo tanto no era de su propiedad. (3) (5)

Los abusos:

El concejo, la justicia y los regidores de La Villa conjuntamente con los concejos de las aldeas, mantuvieron en 1554 un pleito contra Luisa de Padilla, y su hijo Juan de Padilla (su madre era su curadora y valedora). También contra Alonso de Marquina, alcalde mayor de la fortaleza.

Se les acusó de veinte abusos: Que cada año se llevaba 20.400 mvs. por razón de carneros, puercos, yantar y acemileros; que cobraba las alcabalas por encabezamiento aunque no hubiera transacciones; que no permitía que la gente moliese en otros molinos que no fueran los suyos; que obligaba a los vecinos de la jurisdicción a traer leña a la fortaleza para los fuegos de su casa y de sus hijos; que debían traer arena, piedra, tierra y paja sin pagar nada; que obligaba a que se diera posada   y ropa para sus criados y otras personas que la venían a visitar o negociar con ella sin pagar nada a cambio; tomaba las cabalgaduras  y bestias que tenía(n) la gente para sus labores y trabajos, causándoles gran daño ya que eran su principal caudal para su mantenimiento; que  los montes aun siendo públicos y concejiles los coteaba? para ella, sus hijos y el alcalde mayor y otros oficiales para la caza; que el alcalde mayor se entremetía en las causas de los alcaldes ordinarios, que eran de primera instancia y privativas de ellos; que arrendaba el alguacilazgo  y la escribanía sin tener derecho a ello, poniendo personas inhábiles, que más que resolver problemas creaban pleitos y además no despachaban como  debían y cobraban derechos que no debían; que se apoderó del monte de La Mata de Fuentemayuel que era público y concejil, de la Villa y Tierra,  monte de robles y enebros que  los tenía vedados de leña, pasto y no dejando  entrar  a hacer ningún aprovechamiento, lo tenía hecho un bosque para su casa (5); que en los montes públicos daba autorización parar hacer rompimientos, ararlos a quien ella quería; que daba solares para casas  cuando esta competencia era de los concejos; que había un monte al que llamaban “Villavillo” que estaba entre Valdealvillo, Rioseco y La Mercadera, que era de común aprovechamiento, y lo había ocupado la mayor parte, convirtiéndolo en coto de caza, impedía pastar y demás aprovechamientos (6); que las penas y montazgos se los llevaba el alcalde Mayor de la fortaleza, el cual además cortaba leña sin tener derecho ya que no era vecino (Era de Soria y estaba de vecino en Torreblacos), y pastaban sus ganados, etc.

         Vista de Calatañazor, al fondo la Hoz del Mulo del río Milanos y en Carrascal de Blacos

(CONTINÚA EN LA PARTE 2- APUNTE Nº 67)                                        

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 NOTAS ACLARATORIAS

1) Así lo afirman los vecinos de Blacos, que no saben porque se paga la martiniega en las respuestas generales del Catastro del Marqués de la Ensenada de 1751.

2) Los vecinos y los concejos desconfiaban de los alcaldes Mayores, nombrados por los señores, y solicitaban el auxilio de los alcaldes de realengo. Así ocurrió con el pleito del Carrascal de 1771, en el que se solicitó la intervención del alcalde de Torralba, que era Villa, y al escribano del Burgo. Este alcalde estuvo indagando las escrituras del cuarto del archivo del ayuntamiento de Calatañazor, que eran de documentos de la Villa y Tierra, que estaban desordenados y decía que había trabajo de meses para revisarlos. Había cierto abandono en este archivo, pero no en el de la sacristía de la iglesia, donde se guardaban los importantes bajo tres llaves, y los protocolos que se guardaban en la casa del escribano, que contenía las escrituras de sus antecesores. En Blacos también hubo archivo en el ayuntamiento, con dos llaves que custodiaban los jurados.

3) Conocemos esta información por los instrumentos que se presentaron en el litigio que libró Blacos contra el concejo y vecinos de Calatañazor, por razón de aprovechamiento del monte Carrascal y la paga de una fanega de trigo por la montanera que debía abonar cada vecino de Blacos y Abioncillo, recogidos en la ejecutoria de 1784 del Consejo de Castilla.

4) El adelantamiento de Castilla, titulo militar y jurídico, representaba al Rey en un territorio. Desde la época de Enrique IV residía en la familia Padilla, después de la renuncia del marqués de Villena, Juan Pacheco. Vuelve a los Manrique, por el casamiento de Luisa de Padilla. A esta familia a partir de este momento se les llama los Manrique Padilla.  Debian ser los adelantados, según las Partidas, personas de gran nobleza y valor. Esforzados, sabedores, (Cosa que dudo). Actuaban como jueces con apelación entre el rey y los concejos.

5) El monte de La Mata lo tuvo por suyo. De hecho, lo cede para que se conceda a la jurisdicción una hipoteca de 3500 ducados para el socorro y necesidad de las parroquias en el año de 1538.

6) Este monte comprendía el Valle de Santa María, Valdingómez, los Cubillos, Cepaquemada, Valdesanchosma, llegando a los prados de Valdimbabarba y los montes e Rioseco y de La Mercadera.

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Blacos a 5 de febrero de 2026

Serafín Pérez García

Serafin.perez.2014@gmail.com



























 







Apunte nº 65

FAMILIA DEL BURGO PÉREZ, EMIGRANTES EN FRANCIA


Este texto está dedicado a ellos, a vosotros, y a las generaciones futuras. Fabrice Serge Alexandre Gardinier. 

Watigny (France)     

Me llamo Fabrice Gardinier, y aunque nací en Francia y siempre he vivido allí, una parte esencial de mis raíces se encuentra en un pequeño pueblo de la provincia de Soria llamado Blacos. Allí nació mi abuela materna, y allí vivieron sus antepasados.

Me siento profundamente feliz de poder compartir este relato con los habitantes de Blacos y con todos aquellos que deseen conocer mejor la historia de estas familias que, en un momento dado, emprendieron el camino de la emigración.

Es preciso colocar el árbol genealógico para conocer a mi familia y cuando os cuente sus vidas no os desorientéis.








Nunca he tenido la oportunidad de viajar personalmente a Blacos, pero dos de mis hermanas y mi prima Chantal sí lo han hecho, y gracias a ellas he podido sentir más intensamente el vínculo con este pueblo, sobre todo a través de las fotografías tomadas en 2009 con Felipe Cubilla Verde, poco antes de su fallecimiento.

La historia de mi familia es la de un recorrido entre dos países, España y Francia. Mi abuela, Agustina Del Burgo, dejó Blacos cuando aún era una niña, y más tarde se casó en Francia con mi abuelo Georges. Aquella emigración transformó profundamente sus vidas, aunque nunca rompió el vínculo afectivo con el pueblo de origen. Mi bisabuelo Agustín del Burgo se marchó a trabajar a las minas de hierro del norte de España, en el País Vasco. La vida le resultó muy dura, trabajando de sol a sol, en condiciones laboriosas penosas, cobrando dos o tres pesetas. Vivía en el poblado de Meatzaldea. En Sestao conoció a Cirila López, que era bordadora en una institución religiosa. Cirila procedía de la comarca de Las Merindades, concretamente de Valdeporres (Burgos), donde eran labradores. Se casaron en la iglesia de Santa María de la Anunciación de Sestao en 1890. Ella tenía 21 y él 26 años. A mi bisabuela Cirila, a la que conocí cuando era ya muy anciana y viuda desde hacía tiempo de Agustín, le llamábamos «Mémère Noire» (Abuela Negra). Nunca aprendió a escribir y leer. Vivieron en Gallarta, en el barrio de Abanto-Zierbena.

EL REGRESO A BLACOS

En 1893 Agustín y Cirila deciden regresan a Blacos, pues ven pocas posibilidades de prosperar en las minas. Trajeron a su hijo Emeterio y en el pueblo tuvieron a sus hijos Gabrielo, Galdino, Lucio, Venancia y Agustina , mi abuela materna. Alguno de estos alumbramientos estuvo ayudado por la comadrona del pueblo que era su tía Gumersinda del Burgo (1853-1896), casada con  Gavino Gañán.

Foto en blanco y negro de un hombre con un traje de color negro

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Galdino del Burgo López

 Lucio del Burgo López

En el pueblo desconocemos si fue labrador, ganadero o jornalero. Normalmente se hacía a todo, ayudándose las familias, pues la economía del pueblo era de supervivencia.

Desconocemos la vivienda donde residían, aunque si sabemos que su padre tenía una casa y una taina en la calle bajera (calle las Petras).

LA VUELTA A LA MINA

Tras quince años residiendo en Blacos, concretamente en 1908, regresan a las minas de Vizcaya. Su hijo Emeterio entró a trabajan con Agustín. Se desconoce si la familia se quedó en el pueblo.

Pero el destino y la fatalidad quiso que Emeterio muriese aplastado entre dos vagonetas. 

Este drama provoca un nuevo regreso a Blacos, que lejos de ser una solución, pronto quedará marcado por un acontecimiento aún más devastador: la historia familiar cuenta que hubo un último hijo en 1912, y que el bebé murió al caerle de los brazos a alguien en las escaleras de la iglesia. Es fácil imaginar la angustia, la culpa y los silencios que siguieron. 

En 1913, entró en quintas Gabrielo, y posteriormente le tocaría a Galdino. Es sabido que los destinos de esta época era la guerra de África, donde las condiciones de los soldados eran horrorosas.  Fue una época de mucha emigración a América y a otros lugares de España.

Agustín en la granja donde trabajaba Gabrielo (1914-1918)
Agustín y sus hijos no querían este futuro. Agustín conocía a un compatriota que en el norte de Francia había montado una empresa posiblemente una granja agrícola.  Se trajo a sus hijos mayores y posteriormente agruparía a la familia. En esta época la Oficina Nacional Francesa de Mano de Obra Agrícola favoreció estas migraciones por no haber suficiente mano de obra. En esta granja también trabajó Gabrielo.

Así nació en la tradición familiar la idea persistente de que “las chicas podían volver a España, pero los chicos no”.              No era una leyenda: las chicas no tenían obligaciones militares y no corrían ningún riesgo; pero los chicos, al cruzar la frontera, podían ser detenidos y entregados a la autoridad militar.

Galdino fue regularizado en 1934 al obtener la nacionalidad francesa, lo que le valió además el “insigne honor” de ser movilizado por el ejército francés en la Segunda Guerra Mundial; Gabrielo no fue regularizado hasta 1947, quizá porque de los tres hermanos era el único considerado en España como auténtico desertor, y Lucio nunca fue regularizado.

LA VIDA EN FRANCIA

En el extracto del registro de empadronamiento del municipio de Le Nouvion-en-Thiérache, fechado el 28 de mayo de 1914, mi abuela Agustina, tras presentar su partida de nacimiento, declara haber llegado el 15 de mayo de 1914 para ejercer la profesión de vidriera. Tenía solo 12 años, y la ley solo permitía trabajar a partir de 13.  El funcionario falsificó la fecha de nacimiento y puso 1900 en vez de 1901. La razón era que faltaba mano de obra. La empresa, que era reciente, se llamaba “Verrerie du Nouvion”.   Este era un duro trabajo y la vida de los trabajadores era corta, por los vapores que respiraban y los calores. De niño, siempre me pregunté por qué mi abuela Agustina era tan delgada, en comparación con su hermana Venancia (tía Béna). Quizá su empleo en la vidriería influyó enormemente.

Galdino también trabajó como vidriero, y así figura en su acta matrimonial de 1919.

Villequier-Aumont.  con Gabrielo y Marie en 1962

Durante la 1ª guerra mundia, durante los cuatro años de su duración, Agustín continuó en Nouvion. Esta zona fue muy castigada por los alemanes.  Gabriel y su hermano mayor, fue desplazado a fábricas de otra localidad.  

Después de la Gran Guerra la familia se instaló en Saint - Michel, localidad cercana a otras que tenían fundiciones, donde la vida, aunque dura, era mejor que en las vidrieras. Ahora tocaba reconstruir los grandes destrozos de la contienda, sobre todo viviendas y carreteras, y para ello hace falta materiales y mano de obra.

A pocos kilómetros, Saint-Michel reabre la cantera “de piedra azul”.  Aquí hay trabajo seguro para Agustín que tenía experiencia de la mina.  En los alrededores de la cantera, se encuentra el caserío del Chamiteau donde hay disponibles algunas casas obreras. Son viviendas modestas, pero accesibles y, sobre todo, lo bastante amplias para una familia numerosa. Cuando una de ellas queda libre, Agustín comprende que tiene ante sí una oportunidad decisiva: un empleo estable y un techo para reunir a los suyos. Galdino aprovecha este nuevo asentamiento para orientarse hacia otra industria local en pleno reinicio: la fundición Nanquette.
Es en Sant Michel donde la familia se vuelve a concentrar. Y donde la familia implanta su futuro.

El matrimonio de Galdino con Louise Boulet, el 10 de mayo de 1919, en Saint - Michel, cercaa de Hirson, en el  departamento de Asine, constituye el primer acto de esta nueva vida. Galdino, joven vidriero de 22 años, encontró en quien nosotros llamábamos de niños “Tante Marie-Louise” a una joven dulce, deseosa de establecerse y fundar con él una familia.

Impulsados por este éxito matrimonial, los demás hermanos “del Burgo” no tardaron en seguir su ejemplo: Lucio se casa con Émilia Poulet, el 17 de marzo de 2020; el 29 de mayo de 1920 es el turno de Agustina, hermana de Galdino, mi abuela, que se casa con Alexandre Boulet, hermano de Marie-Louise.  

Este mismo año habrá un tercer matrimonio: el de Gabriel, el mayor de los hermanos varones. Aunque había permanecido hasta entonces algo al margen, regresa desde Chauny con su compañera, Marie Madeleine Delhorbe y sus hijas, Thérèse y Raymonde. Este matrimonio y su descendencia tiene nacionalidad española. Lo mismo ocurre con la esposa de Galdino y la de Lucio.

Con la Segunda Guerra Mundial esta familia disgregará, pero es otra historia.

Cirila López con Venancia y su marido

 

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1 de enero de 2026. Watigny (France)

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Texto resumido. Mi agradecimiento a Fabrice y  agradecimiento por adelantado a todas las personas que quieran colaborar contando  la historia de su familia emigrante.  Historia que también es la nuestra. 

Entre finales del siglo XIX y XX emigraron más de 40 personas de Blacos. De casi todo conocemos sus nombres, pero desconocemos a sus herederos. Seguro que cada una de ellos tiene una historia. Y si quisieran contarla, encantado de publicarlo en estos apuntes. Todo nuestro apoyo para redactarlo.

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                                Pinto a 6 de enero de 2026
                                Serafín Pérez García
                                Serafín.pérez.2014@gmail.com