RESUMEN DE LA MEDIA Y EL CARRASCAL




(Para conocer todo el pleito y las aportaciones de la defensa y la acusación leed el anterior documento, que está lleno de datos).

                                   Consideraciones:

   1.     Para entender esta historia es previo saber que Blacos siempre ha estado habitado, pudiendo no coincidir los lugares con la actual población. También es necesario entender que el poblamiento no ha sido continuo, pudiendo haber épocas que  no habitase nadie. 
    
     2. En los  siglo XI  y XII se repuebla la Extremadura castellana, por el sistema de “Comunidades Villa y Tierra”. En nuestro caso desconocemos como se hizo, pero el sistema de repoblación es conocido. Desde la Villa se planeaban las  aldeas, en lugares que tuvieran recursos de agua y  de forma que los campos estuvieran cerca de la población.  (se aprovechaba donde  ya había habido población, por eso de aprovechas los materiales de obra  y otros recursos). Cada aldea  tenía huerto, prado, campo de labrar, pesca, caza,  coto de leña,  baldíos reales  de aprovechamiento común, ejido, etc. A los vecinos se les daba solar  con corral 

    3. Los reyes favorecían la repoblación apoyando a  los nuevos colonos con  recursos, como podía ser el acceso a la tierra (heredades). Lo que ocurría en muchas ocasiones es que estos nuevos poblados se marchaban por distintas causas o mermaban de epidemias o hambrunas.
   
     4. Durante el siglo XIV la Comunidad de Tierra y Villa se convierte en señorío jurisdiccional. Se da  a los Padilla.  Esta familia medró por otros lugares,  pero a finales del siglo XVI, ya no eran tan importantes. 

     5. La población del señorío compartía pastos, pero no fruto y leña. Para evitar follones  se delimitaban los  términos  para el aprovechamiento y evitar abusos.

                            
                                   La usurpación:

El Carrascal era propio de los dos municipios y el usufructo común de tiempo inmemorial.

En algún momento, y aprovechando posiblemente bajadas de población, los alcaldes mayores, el concejo de Calatañazor  y  los señores de la Villa  usurparon el Carrascal, posiblemente por considerar que los de Blacos, que eran pocos, ya tenían suficiente para subsistir.  Y esto ocurrió entre 1550 y 1580.

A partir des te momento  si alguien de Blacos quiere aprovechar la bellota (montanera) o hacer corrales para refugio de los rebaños debe pagar una media de trigo por vecino. El cura también. Y los de Abioncillo.

Creo que la cosa era injusta, y supongo que los dos consejos estaban a muerte,  se buscó la solución a través de la Iglesia: pagar una media por vecino, y hacer una concordia,  una cofradía,  y  destinar ese trigo a caridad y fiestas  donde podían asistir los vecinos de ambos pueblos. 

Durante el siglo XVIII, hay un aumento importante de población en Blacos. Se hacen  rompimientos de tierras,  se usurpan  tierras, etc.  La economía va bien, el cura recoge muchos diezmos, hay jornaleros para empezar la fabrica de la   ermita, etc.,  y algún dinero  para retomar el contencioso con los de la Villa.  Antes ya había habido reclamaciones y un juicio que perdieron los de Blacos.

Es fácil entender que los de la villa que contaban con los  señores jurisdiccionales  y el alcalde mayor ganaban todos los pleitos. Y  a callar.

Es en 1771 cuando se inicia en la Cancillería de Valladolid el juicio, que dura 13 años, cuesta bastante dinero y,  el dos de febrero de 1784  se  publica la sentencia definitiva:

 “Declaramos que corresponden por igual los aprovechamientos del monte Carrascal a pastos y bellota, disfrute y acopio de herbajes a ganados forasteros por mitad”

El alcalde de Blacos tiene que tomar posesión real, no bastaba con tener la posesión. Se hace con un rito, estilo de la presura, delante del regidor de Soria (representante del rey). Se hace en el camino Abioncillo. (Leer artículo largo)

Posteriormente se dicta sentencia de la media fanega:

“Se condena a Calatañazor que no exijan a los vecinos de Blacos la media fanega”

“Se alega que todo pueblo debe tener dotado todo aquello que necesita para sus precisos alimentos, los únicos y principales provienen de la cría de ganado de cerda, y estos deben tener monte de bellota, que debe ser dotado a Blacos”


                                        Colorario:


Entiendo que se repite la historia de siempre.  Los fuertes se aprovechan de los débiles.  Los débiles, asumen, por la costumbre, la injusticia como algo normal. (Esto siempre fue así, dirá la otra parte). Y no es cierto.




N. B:


También es necesario entender que el pensamiento rural en esta época era medieval,  pero los letrados y miembros de la Chancillerías estaban instruidos en las ideas de la ilustración y muchos pensaban en el progreso y mejora de la vida  de los ciudadanos.

Cuando se repobló  este territorio se hizo de forma que todas los concejos y los vecinos tuvieran lo necesario par sobrevivir, y permanecieran en el lugar.

Blacos a 26 de diciembre de 2019


Serafín Pérez García

Blog: Blacos historico



LA MEDIA Y EL CARRASCAL




Nota: lo colocado en cursiva es opinión del que escribe. El libro es un poco enrevesado; para que se entienda lo  esencial lo he simplificado como sigue.



1.   El libro:

La mayor parte de lo que se aporta está sacado del libro que tiene el Ayuntamiento de Blacos que es un “Ejecutorio del pleito seguido entre el concejo de  Blacos y el de la Villa de Calatañazor sobre el aprovechamiento del monte Carrascal” (copia 2ª).

 Este libro se hace durante el reinado de  Carlos III.

Las sentencias las realiza la  Real Chancilleria de Valladolid. Finamente  se firma el libro en Madrid. (Destacar,  que está firmado, entre otros,  por el ilustrado conde de Campomanes , Pedro Rodríguez  de Campomanes, como presidente del Consejo de Castilla)

El libro tiene una serie de aportaciones que realizan los concejos a través de sus apoderados  y letrados, con el fin de demostrar por parte de los de Blacos,  en primer lugar, que el monte Carrascal es propio de ambos municipios,  y en segundo lugar,  dejar de pagar una media de trigo anual  que se pagaba por meter un cerdo por vecino y aprovechamiento de pastos en este monte. 

La caligrafía es legible.



2.  El pleito:

Este litigio se inicia en 1771 (7 de noviembre)  y no se tendrá la  sentencia definitiva hasta 1784 (trece años de duración  y se supone que con muchos gastos).
(Estos asuntos ya se habían litigado en otras ocasiones, con adversos resultados para el concejo de Blacos, por ser pocos vecinos, no tener ingresos suficientes de propios  y mantenerse en  largos pleitos.  Entiendo que esta vez van a por todas ya que se cuenta con 41 vecinos. Muchas medias y mucho hartazgo).
(Había que demostrar que el monte era de común de vecinos, para después, denunciar que nadie debe pagar por lo suyo).

3.  Hechos que se presentan como pruebas :

3.1            El monte Carrascal

(Es preciso recordar que en el señorío,  los montes eran mancomunados y se podía pastar en cualquier lugar)



a)  Antes de 1590 no había escrituras de apeos ni mojoneras. Se busco en el arca de archivos de privilegios de la iglesia pero no se encontraron. (No existían)

En 1597  Calatañazor hizo una demarcación (“porque hacía mucho que no se hacía”), apoyándose  en los antiguos, que no se sabe si eran de aprovechamiento o de termino. Se empezó desde Abioncillo a mojonar. Los mojones se pusieron en la Carrascalejo, Fuente Antolín, heredades del Ojo, Fuentes de Blacos. Era límite de marcación la roza de Hernán Muñoz. En el Camino la Villa había una presa con un mojón. Subía rio arriba hasta la Cueva del Vado. Lugares estos, que siempre cultivaban los de Blacos.

Se dice que los mojones se pusieron para no tener enfrentamientos, pero que nunca hubo mojones.

“Se decía que el tío Lozano, que murió hace 40 años, dijo que había un pastor que hacia majanos donde ponía cruces, en campos y caminos”. (Lo que indicaba que no estaban claros los mojones)

b)  En 1554  a los Padilla se les consideraban usurpadores:

Hay una carta ejecutoria en 1557 ganada en este año por Doña Luisa de Padilla y Enríquez, residente en la Villa (se le acusaba de haberse apropiado un monte en Fuentemayuel y otras cosas, (que bien podría ser  también el Carrascal) Ella ponía alcaldes, y alcalde mayor o corregidor.

“Luisa de Padilla se apoderó de terrenos en Fuentemayuel, de robles y enebros, para leña de ella y no dejaba pastar”.

Luisa de Padilla, con su hijo Juan de Manrique Padilla, se apoderó de un terreno al que llamaban Villavillo, entre Rioseco, La Mercadera y Valdealvillo.  Monte que era de común aprovechamiento. (Estaba en la zona, de Cubillejos , Valdegómez, labrado de Valdimbarba, etc.). Lo hizo monte de caza.

A los de Blacos se les llegaba a multar por coger leña, basura, y canto.


c) Roque de Cogollos, hijo de Francisco de Cogollos (letrado del Burgo) pleiteó
con Luisa de Padilla y Enríquez(que ni se sabe cuando nació ni cuando murió,        pero sí que vivió en la Villa) (mujer del adelantado Antonio de Padilla), que tenía    dos molinos y un batán en  Blacos, que tenia  molineros y bataneros, que “tenían    privilegios” de cortar leña seca  en el carrascal, por decir que los tenia comprados  (Se expresa una carta ejecutoria ganada por Roque de Cogollos en 1594) (eran por  sucesión de Juan Antonio Alonso de Mugica y Angela de Padilla-marquesa de Lara (yerno e hija de Luisa de Padilla) (¿Fueron vendidos para pagar la dote de Casilda de  Padilla, abadesa en 1591, del monasterio de la Concepción de Burgos- Santa Gadea?)

d)  Roque de Cogollos tenía en 1618, heredado de de su padre, un mayorazgo con molinos, batanes, casas, arreñales y los siguientes lugares: Molino de la Losa (Posible Molino Somero), fuentes de Molín Carrascal, Carrasca de Quintanar, Rincón Cueva del Vado, Portera de la Simona, Portera del Prado, fuente Malcristiano  (Ya había cerrados con sus porteras). Se decía que estos lugares estaban en la Villa.

e)  En 1614 hubo una gran sequia y se abrieron los pósitos a toda la tierra del señorío (“y los años anteriores hubo nieblas y piedras”) la Villa tuvo que solicitar un censo (crédito) y declaran tener montes, pero no el Carrascal (solo tres trozos). (Daba a entender que hipotecaba lo propio)

f)     En 1714 hay un Auto en el que se dice que la villa tiene tres montes y una dehesa.

g)  En 1736 elegía los alcaldes y regidores Da. Jerónima Espínola y  de la Cerda (duquesa de Medinaceli). (Su hijo fue Juan de Mata).

h)  En 1771 hubo una sentencia que impuso a Blacos Silencio respecto a la posesión del monte.

(En Blacos hubo un “prado de las monjas”. Los prados tenían portera.) (Seguramente de la dote que se daba para ingresar en los conventos) (¿Se desamortizaron, como se desamortizó las fincas de las monjas de Torreblacos , Vadealvillo, La Mercadera y Blacos, 81 fincas, 36 ha. perteneciente a las Clarisas de Tordesillas al final del siglo XVIII, o se vendieron?)

3.2       La media de trigo

(Obligación que tenían los vecinos de Blacos (incluido el cura) y de Abioncillo de pagar media fanega de trigo a los de la Villa por montanera de un cerdo por vecino y año, desde tiempo inmemorial) (El dinero se lo gastaban en caridad y festejos)


El comienzo, parece ser,  que era el pago que se hacía a una cofradía de la Villa, San Juan Bautista. (La iglesia derruida  junto a la carretera) de la que eran cofrades también los de Blacos. Se fundó en 1580.

Aportaciones:

-  Los casados: real y medio.

- Los años de 1581, 82,83, la contabilidad no indica nada de las aportaciones de los de Blacos, porque se suponía voluntaria. Después se hizo votiva.

- En 1584 se fijó la obligatoriedad.

Hay una concordia de 1603, y se fijaba en cien ducados quien lo quebrara.
En 1654 hubo una sentencia favorable llamada de confirmación de la concordia.

Hubo conflictos porque en un principio era  para veinte cerdos (se supone de veinte vecinos). Luego pagaban el exceso de veinte cerdos. A cambio los de la Villa podían meter los que quisieren.

En 1610,  en la fiesta de San Juan, se cobran siete fanegas de trigo  a siete reales, que pagan los de Blacos (14 vecinos?) También pagan cuatro personas más.

En 1611-15 pagaron 24 vecinos y  cuatro de Abioncillo. Se pagaron a guisadores, alcaldes,….. Se compraron dos carneros a 2,5 ducados cada uno,  (1 ducado= 365 maravedíes)

 En 1666 hubo un  pleito donde se pedía la absolución de la media fanega. Alegaron los de la villa que lo podían cobrar particulares  y mayordomos. Los de Blacos  se retiraron del caso, (o no apelaron).

Esta sentencia se consideró injusta y violenta.

En 1700 se consideraba “contribución recompensativa” del fruto de la bellota.

En 1700 pagaron 36 vecinos de Blacos. Había toros, soldadescas,

1701 la fiesta se llamaba de San Juan y Santa Isabel pagaron 40 vecinos

Hay otra concordia de 1734, donde se dejaba hacer montanera con un cerdo por vecino y a cambio debían aporta la media fanega de trigo.Esta concordia iba acompañada  de unas ordenanzas donde se establecían las multas a los de Blacos.

En 1745 se daba en la fiesta: pan, queso y vino a todos los vecinos de dentro y de afuera, con tamboril y gaita. Esto También se hacía en las otras dos fiestas: Santa Isabel y San Pedro y San Pablo. (vamos ,que cundían bien las medias)

En1760  se negaron a pagar esta contribución. Tuvieron una multa de 100 ducados.

(La concordia la quebraban los de Calatañazor, y no se les podía denunciar porque sustentaban la jurisdicción y siempre fallaba a su favor. Era señorío jurisdiccional. (Como un juzgado de primera instancia)
 (Digamos que la jurisdicción del señorío sería algo así como la de un juzgado de primera instancia y no se juzgaban los delitos de sangre)

También era injusto que los de Calatañazor  alquilaran la bellota a extranjeros. 

Blacos demandó  a Calatañazor porque alquilaban el Carrascal, la montanera,  a personas que traían piaras de hasta 50 cerdos de lugares tan lejanos como Jadraque, Valdenebro, …

En 1764 los de la villa sacan un acuerdo que solo se permiten sesenta reales en caridad el día de San Juan.

Se llegó a apresar por sesenta días a vecinos de Blacos. Estos alegaban que era para quebrar sus economías y que no pudieran pleitear.

En las fiestas había toro agarrochado en la fiesta de Nuestras Señora con barreras y toril. En 1612 ya tenían predicador.

Los de Blacos podían pastar y sacar leña (seca y caída)

(Opino,  que la apropiación del Carrascal por la Villa se hizo antes de 1550, y que lo de pagar a la cofradía era un “arreglo”, de algo que era común de ambos municipios ¿ )

EL PROCESO JUDICIAL

4.  Pruebas y argumentos:

4.1 Argumentos de Calatañazor:

-       Cuando los de Blacos han necesitado madera de encinas para cepillos, batanes y edificios pedían licencia en la Villa.
-       Que había heredades (parcelas) dentro del Carrascal que de vecinos de la villa y que pagaban los arbitrios allí.
-       Que tenían tres montes y Blacos ninguno.
-       También se hicieron apeos  del Carrascal en 1597, 1626, 1740 y los de Blacos no hicieron oposición
-         Que el monte se hipotecó en 1538 por ser propio. También se hipoteco en 1591 y 1614
-       La concordia de 1603 daba por supuesto que era propio de la villa.
-       Que el dinero de la media lo gastaban la cofradía y el ayuntamiento.
-       Alegaban que los de Blacos pagaban las alcabalas de las tierras del carrascal a la Villa.
-       Hubo un juicio por la media y se condeno a Blacos a perpetuo silencio.
-       Que  todo era acordado,  inmemorial  y propio.

4.2 Argumentos de Blacos:

-       Se aprovecharos en muchas veces por haber pocos vecinos (trece en el año de 1597)
-       Calatañazor desmarco los términos en “fuerza de su poderío y autoridad” poniendo la raya divisoria a su gusto.
-       Los de Calatañazor llamaban al carrascal el monte de Blacos.
-       Se pusieron mojones en el ojo, donde había posesiones que diezmaban a la iglesia de Blacos.
-       Dentro de la demarcación realizada había un  mayorazgo de  de Marquina y Cogollos que diezmaba en Blacos.
-       El Carrascal fue común de herbajes. Nunca se partió. Dicen que se colocaron los mojones para no tener pleitos con los poderosos. Dice el letrado que “nunca tuvieron ni valor ni inteligencia para resistirlo y defenderlo”.
-       La contribución de la media dijo el letrado: “tirana, injusta y violenta, a la manera que es todo lo demás, que a esfuerzos de la oposición ha tolerado Blacos en razón de pena, uso de leña y demás particularidades”.
-       El monte Carrascal siempre se aprovechaba en común
-       Ganaron el monte los de la Villa a fuerza de extorsionar y asustar.
-       Que  por estar el Carrascal en el término de la Villa  necesariamente no tenía porqué que ser propio de ese ayuntamiento.
-       Alegaban que nunca habían tenido fondos y arbitrios para pleitear y que por eso se vieron arrollados del poder.
-       Se alegaba que la Villa siempre quiso despoblar a Blacos.
-       Que había general mancomunidad de pastos desde la  fundación de Villa y Tierra.
-       Que  antiguamente los de la villa arrendaban la  bellota  de otros montes pero n o los del carrascal

5.  La sentencia:


En 1775, dos de febrero,  se hace sentencia definitiva:
 declaramos que corresponden por igual los aprovechamientos del monte Carrascal a pastos y bellota, disfrute y acopio de herbajes a ganados forasteros por mitad” y lo de la media lo pasa a otra sala de la Chancilleria. (Se hace público el 21/2/1777)

El 13/2/1778 se pide al corregidor de Soria que se haga posesión. Se hace posesión el 7 de abril de de 1778, a las cuatro de la tarde:
“Vino el corregidor con el alcalde y otros vecinos al camino avioncillo, majada del carro. El corregidor cogió de la mano a Pedro de sancho, alcalde jurado, le introdujo en el monte y sitio y dijo que le daba y le dio posesión real. Recibió la posesión y en señal de posesión arrancó hierbas y ramas de uno de sus árboles e introdujo ganados”

¿Y la media?

El corregidos de Soria manda que 1/10/1778 que Blacos pague la media y  lo del año anterior.

Esto es apelado por Blacos.

El 30 de  agosto de 1779 se da sentencia y “se condena a  Calatañazor que no exijan a los vecinos de Blacos la media fanega”. Se revocan las sentencias de 2/12/1775 y 13/2/1778 por las que se negaba la libertad de dicha contribución, “ya que eran en un principio a ejercicios piadosos y se convirtieron en profanos”.
“Se alega que todo pueblo debe tener dotado todo aquello que necesita para sus precisos alimentos, los únicos y principales provienen de la cría de ganado de cerda, y estos deben tener monte de bellota, que debe ser dotado a Blacos igual que la dehesa boyal.

Sentencia definitiva:

Se revoca la sentencia de 13/2/1978 donde se impuso el perpetuo silencio. Se declara que los vecinos de Blacos no deben pagar la media fanega ni otra cosa. Se le impone perpetuo silencio en el asunto.

Madrid 18 de marzo de 1784.   (Se publicó 7 de junio de 1789)

6.  Después del pleito:

Los vecinos de la Villa fueron por la noche a insultar y provocar a los vecinos de Blacos. Ponían todos los impedimentos que podían.

(El libro costó 4400 reales de vellón= 3500 €; 0,80€ = 1r v  (? corregir datos ¡¡)
22628,49 maravedies =1 €
1 r v= 34 maravedíes; 30 mv = hogaza pan
En el siglo XVIII el trigo era un lujo, el pan solía ser de centeno.)


Blacos a 28 de octubre de 2019


Serafín Pérez García

Blog: Blacos historico